GRATUIDAD TEMPORAL PARA LOS MENORES DE 31 AÑOS EN LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA COMPETENCIA DE LA GENERALITAT
Se informa que en base al DECRETO LEY 6/2023, de 24 de marzo, del Consell, por el que se establecen obligaciones a los operadores de transporte público colectivo terrestre para la gratuidad temporal para los jóvenes menores de 31 años en los servicios públicos de transporte por carretera competencia de la Generalitat.
Se ponen a disposición de los usuarios beneficiarios de la medida, las nuevas tarifas gratuitas para el periodo comprendido entre el 7 de abril de 2023 y el 31 de julio de 2023 ambos inclusive, para los abonos multiviaje de 10 o más viajes en los corredores:
Alicante – Alcoy
Alicante – Elche – Crevillente
Alicante – Vinalopó Alt y Mitjà.
Los usuarios deberán dirigirse a su taquilla más cercana acreditando mediante el DNI que son beneficiarios de la medida para adquirir la recarga gratuita en sus tarjetas multiviaje de origen-destino solicitado. En caso de no ser poseedores de una tarjeta multiviaje, se dotará al usuario de una tarjeta nueva.
Taquillas habilitadas:
- Corredor Alicante – Alcoy:
- Estación Autobuses Alcoy
- Corredor Alicante – Elche – Crevillente:
- Estación Autobuses Elche
- Corredor Alicante – Vinalopó Alt y Mitjà:
- Estación Autobuses Petrer
- Ruperto Chapí, Elda (Ficia)
- Estación Autobuses Aspe
El abono se recargará únicamente una vez, incluyendo todo el periodo de descuento.
Los usuarios rellenarán un formulario con sus datos personales y los datos del bono que harán uso para el registro interno que indica la normativa.
Sólo se permitirá la adquisición de un único abono temporal de transporte para cada origen-destino o concesión. Será personal e intransferible y se considerará uso inadecuado la utilización por una persona distinta a su titular, retirando el abono temporal a las personas que hagan un uso inadecuado.
Los abonos anuales o cuatrimestrales adquiridos con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto-Ley, serán beneficiarios de una devolución de la parte proporcional del importe que corresponda por el periodo gratuito fijado.